domingo, 7 de diciembre de 2014

A propósito de la ampliación de elBulli

Legalidad y excelencia en el territorio
Reflexiones a propósito del debate sobre la ampliación de elBulli

La lectura en el periódico EL PAÍS (Revista Domingo 5 de octubre de 2014) del artículo “elBulli, patrimonio nacional” me ha facilitado una poderosa imagen para ilustrar algunas reflexiones sobre ordenación y desarrollo del territorio, que trascienden ampliamente el ámbito de la preocupación profesional. Esto es lo que me anima a hacerlas públicas.

Lo que resume estas reflexiones es la necesidad de reconocer la complejidad como uno de los atributos del territorio, y la incertidumbre como una constante en la toma de decisiones sobre su ordenación.

El carácter volátil, sutil y tornadizo del territorio, tan alejado de la dimensión físico-material que las legislaciones que regulan su ordenación le asignan, está en la base de la dificultad para su correcta articulación y conexión con las aspiraciones sociales.

Me cuento entre los que consideran que elBulli marca un hito en la modernización del país, que es un símbolo de nuestra creatividad, originalidad, talento, laboriosidad y sentido lúdico y hedonista de la vida. Una auténtica vía mediterránea a la modernidad: justo lo que, a mi humilde entender, necesitamos desde hace varios siglos. No sé si somos una mayoría o una minoría los que así pensamos, como tampoco sé si lo son los que combaten contra estos hitos, símbolos y vías. Pero sé que existen, y que el pensamiento castizo, que confunde la tradición con la incultura, suele cebarse en proyectos, personas o aptitudes que representan estos valores. Pero no es esta la cuestión.

Los que conocemos el ejercicio profesional  y la práctica institucional de la planificación territorial sabemos de la enorme capacidad de distorsión de las culturas territoriales que tienen los instrumentos de planificación, incluso con la mejor de las intenciones. Somos conscientes, además, de las grandes carencias que rodean estos procesos de planificación (conceptuales, metodológicas, instrumentales, y, sobre todo, carencias de complicidad social). Pero, lejos de sentirnos convocados a la humildad, con frecuencia nos convertimos en cómplices necesarios de un proceso de fosilización de los territorios, repugnante en sí mismo, y despreciable por las fricciones y conflictos que innecesariamente genera.

Nuestra técnica de planificación se basa en la zonificación (hay que saber con precisión cuál es el régimen jurídico aplicable a cada metro cuadrado de terreno); comúnmente, en la elaboración de un listado de usos y actividades compatibles e incompatibles para cada una de las zonas de ordenación, y, finalmente, en unos parámetros físicos que deben cumplir las actividades consideradas compatibles. El resultado de esa técnica de planificación es que es prácticamente imposible que un proyecto original, innovador y absolutamente coherente con cualquier estrategia de desarrollo territorial basada en la excelencia, pueda ser autorizado.

Hubo un tiempo en el que los planificadores, conscientes de las imperfecciones y rigideces que introduce en el territorio esta forma de planificación, incorporaban algunos elementos de flexibilidad. Con respecto a la zonificación, se salvaba su falta de precisión con preceptos del tipo “si en una finca o predio su naturaleza es distinta a la de la zona en la que está incluida, prevalecerá la condición real de la finca, siendo de aplicación la norma que mejor encaje con esa condición real”. Para dar flexibilidad al listado de usos y actividades compatibles, se solían añadir como autorizables “las actividades que sean declaradas de utilidad pública o interés social”.

La evidencia de que la tarea de reconocer la auténtica naturaleza de cada una de las fincas era titánica y el frecuente abuso de unas declaraciones de utilidad pública o interés social que nunca han estado bien reguladas, acabaron con estas fórmulas de flexibilidad que reflejaban la humildad de los planificadores o la conciencia de la debilidad de sus instrumentos, pero que la opinión pública acabó considerando puertas de entrada a la arbitrariedad o el abuso.

En los espacios protegidos,  los planificadores se sienten obligados a operar con una moral más restrictiva que en el resto del territorio. Pero con las mismas técnicas de planificación, lo que hace que los territorios sobre los que ha recaído cualquier declaración de protección resulten especialmente esclerotizados, fosilizados, hasta el punto de convertirse en extraños museos de sí mismos y de su creciente decrepitud.

Esta práctica planificadora, que es reciente, refleja una tradición más profunda, la legislativa, tan característica de nuestra cultura colectiva (política). El legislador opera con la certeza de que su producto va a ser bordeado o burlado no ya por la pequeña porción de delincuentes que toda sociedad alberga, sino por la sociedad en su conjunto. El resultado: una legislación tan prolija, desconfiada y esclerótica que no deja a los legislados otra posibilidad que intentar bordearla para poder continuar con su vida cotidiana. Un auténtico círculo vicioso, que tiene su origen en un tic premoderno que tan bien define lo que somos: nosotros, como sociedad, no tenemos conciencia de ser fundadores del poder. En consecuencia, no entendemos las leyes como instrumentos que emanan de nuestra voluntad de tener una vida digna, sino como designios de un poder exógeno que nos precede y nos sucederá.

¿Cómo se entiende, entonces, la invocación del cumplimiento de la norma (ley, decreto, plan…) para paralizar cualquier iniciativa que pueda plantearse en el territorio, con independencia de su idoneidad o incluso de su excelencia? Habrá que admitir, siquiera como hipótesis, que no creemos en la posibilidad de la excelencia, o, al menos, desconfiamos de ella. Además, y esto es determinante: no hay un mínimo acuerdo social sobre las condiciones que algo debe cumplir para ser considerado excelente. En realidad, no hay un mínimo acuerdo social sobre casi nada, porque todos preferimos una “navegación” libérrima por la manga ancha que reconocer el canal de navegación a que nos obliga nuestra vida en comunidad.

No creer en la posibilidad de la excelencia es la condición para un pacto tácito por la mediocridad, que, hablando de posicionamiento social ante el territorio, consiste en el desprecio por la música (la búsqueda de la excelencia territorial) y la exaltación del instrumento (el plan o cualquier otra herramienta de ordenación).

Renunciamos a los riesgos de la búsqueda de la excelencia por una garantía tenue de que nadie va a engañarnos. Cuando algo es ilegal, se le considera perverso. ¿El árbol de la ciencia del bien y del mal? Sin embargo, habremos de admitir que la legalidad no es el camino hacia la excelencia, sino un marco de garantías para evitar abusos.

¿Alcanzaremos alguna vez la madurez suficiente para entender que la búsqueda de la excelencia no solo es posible, sino que es una obligación esencial, constituyente de nuestra condición social, de nuestra condición de hacedores de territorios, y que no deberíamos admitir que se promulguen normas que la hagan imposible?

¿Entenderemos alguna vez que la actitud sana ante el riesgo o la incertidumbre en la decisión territorial no es el blindaje de la norma, sino la socialización de esa decisión, y de sus riesgos e incertidumbres?

¿Seremos capaces de articular mecanismos para hacer eficaz la vigilancia social ante los abusos sin someter al territorio a una odiosa congelación?

El nivel de excelencia de Ferrá y Soler y de su marca elBulli les sitúa fuera de las fricciones del mapa: podrían ponerse donde quisieran, de forma que su éxito no va a depender de su ubicación. Así lo atestiguan las numerosas ofertas para el emplazamiento de su proyecto. El hecho de que sus promotores tengan preferencia por su ubicación original no cabe achacarlo a que cuenten con la propiedad de la finca, sino a evidentes motivos simbólicos y sentimentales. En todo caso, no es eso lo que debería conmovernos (movernos entre nosotros y con ellos). Lo que debería movilizarnos es la evidencia de que el prestigio, excelencia e incorporación de valor al territorio que el desarrollo de este proyecto produciría es un interés estratégico, colectivo, y que los riesgos de desbordamiento de la afluencia son, simplemente, un reto de gestión normal y propio de cualquier territorio, con las especiales connotaciones de un espacio protegido, al que los gestores de ese territorio deberán atender.

Bajando la escala, hay que admitir que no toda edificación es un impacto paisajístico, ni siquiera que ese impacto dependa del porcentaje de aumento de techo sobre el existente, sino de condiciones de calidad proyectual, que en parajes como el que nos ocupa remiten al resultado paisajístico. Esa condición de calidad no se consigue con el cumplimiento de los parámetros físicos de la ordenanza o zonificación, que, en el mejor de los casos, garantizarían que no se construyeran bodrios fuera de escala, sino con oficio, con compromiso, con sensibilidad, es decir, con excelencia. De nuevo la legalidad y la excelencia.

Una visión simple del efecto de las normas señalaría que, puesto que su finalidad es separar lo que se puede de lo que no se puede hacer, cualquier cosa que quede fuera de lo autorizado es despreciable, odiosa o sospechosa. La realidad es un poco más compleja. Los parámetros de la norma señalan un umbral de tolerancia que pretende regular una serie de usos, actividades e intensidades, que por efecto de esa norma consideramos “normales”. Lo que queda fuera de ese umbral de normalidad no es una sola anormalidad, sino dos anormalidades diferentes y opuestas. Por uno de sus lados,  los usos abusivos o inadmisibles; por el otro, los usos excelentes. Al perseguir el abuso, prohíbe la excelencia.

Volviendo a nuestro caso, la rigidez de nuestro ordenamiento territorial obliga a que la Generalitat tenga que promulgar una ley específica para dar cobertura legal a este proyecto. Esto es tan aparatoso que, inevitablemente, mueve al recelo.

Lo que deberíamos exigir al legislador o al planificador es que elabore instrumentos que nos libren de los abusos inadmisibles, pero que hagan posibles, con las garantías necesarias, los usos excelentes. Y aquí es donde aparece la cuestión central, solo aparentemente técnica: ¿quiénes y cómo deben valorar la excelencia o singularidad de una iniciativa o proyecto para admitirlos aunque no entren dentro del umbral normativo?

Se me ocurren múltiples y diversas soluciones, desde las más tecnocráticas a las más democráticas, pero creo que mi obligación se cumple señalando que en el enfrentamiento a esta pregunta, y no en su respuesta, está la posibilidad de la madurez ciudadana: los riesgos y las incertidumbres de las decisiones territoriales nos pertenecen, y tenemos que asumirlos. En su complejidad.

Esto sería lo normal en una sociedad democrática y avanzada. El que no sea así en nuestro país indicaría que no somos tan democráticos o tan avanzados como nos gusta creer. Pero la cuestión es que esas sociedades envidiables no lo son por un designio de la divina providencia, ni por obra de ningún azar, sino, precisamente, porque se han enfrentado a complejas disyuntivas aceptándolas como propias, y no han dejado que nadie las usurpe alegando su complejidad.


Octubre 2014

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